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Multas Laborales

MULTAS LABOLARES

 

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*POR NO PAGAR LA GRATIFICACION 
*ENTREGAR BOLETA DE PAGO


El plazo para pagar la gratificación de Fiestas Patrias, así como la bonificación extraordinaria (9% sobre la gratificación que se deja de pagar al Essalud).

Venció el 15 de julio de 2009.

En los casos de incumplimiento, las multas que puede imponer el Ministerio de Trabajo, no solo son por no pagar la gratificación y la bonificación extraordinaria (infracción grave) sino también por no otorgar a fines de julio, boleta de pago o no consignar en ella la gratificación y/o bonificación extraordinaria.

Las multas varían según el número de trabajadores afectados, en función de la UIT de S/. 3,550 que rige para el año 2009.

Las multas que sean impuestas a las micro y pequeñas empresas (MYPE) serán rebajadas en un 50%.
 

Gravedad de la infracción Base de cálculo Multas según el número de trabajadores afectados
1-10 11-20 21-50 51-80 81-110 111-140 141 a +
No entregar
boleta de pago
No consignar
en ella la
gratificación bonificación (infracción leve)
1 a 5 UIT(3,550  a 17,750) 5-10%Mínima
178
Máxima
1,775
11-15%Mínima 391Máxima 2,663 16-20%Mínima 568Máxima 3,550 21-40%Mínima 746Máxima 7,100 41-50%Mínima 1,456Máxima 8,875 51-80%Mínima 1,811Máxima 4,200 81-100%Mínima 2,876Máxima 17,750
No pagar la gratificación
bonificación
especial
(infracción grave)
6 a 10 UIT(21,300 a 35,500) 5-10%Mínima
1,065
Máxima
3,550
11-15%Mínima 2,343Máxima 5,325 16-20%Mínima 3,408Máxima 7,100 21-40%Mínima 4,473Máxima 4,200 41-50%Mínima 8,733Máxima 7,750 51-80%Mínima 10,863Máxima 28,400 81-100%Mínima 17,253Máxima 35,500




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